“No es verdad que haya 1.000 liberados con prisión domiciliaria por razones de salud”, dice Lugones
El titular del Consejo de la Maguistratura y camarista federal de San Martín, Alberto Lugones, dijo hoy que solo se otorga el beneficio de la prisión domiciliaria a “aquellos casos en que se justifique por el riesgo para su salud” ante la pandemia del coronavirus, y consideró exagerada la cifra de 1.000 liberados en esas condiciones.
“No llegan ni a 200”, estimó Lugones y añadió: “Nosotros verificamos que en cada caso que se pide la domiciliaria se cumplan las condiciones y supuestos que corresponden, que tengan alguna situación que justifique peligro de vida o de su salud”.
En declaraciones formuladas esta mañana a Radio La Red, el camarista desestimó de plano la cifra de 1.000 internos liberados con prisión domiciliaria por el supuesto de riesgo en la salud, que señalan algunas versiones periodísticas: “No creo que lleguen ni a 200 los casos”, aclaró.
Además, fue consultado sobre los dichos del titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, quien ayer había afirmado que se podía “iniciar juicio político a aquellos jueces que no den vista a la parte víctima del delito y procedan para la liberación de los presos”.
“Las decisiones conforme lo que prevé el régimen de la Justicia no son motivo de juicio político”, sostuvo Lugones y explicó que, “para poder iniciar un juicio político a un magistrado que libera a un preso, tiene que haber supuesto de prevaricato; es decir decidir contrario a derecho, o cohecho, es decir convencido a través de un método que no ea el idóneo para esta decisión”
“Puede hacer la denuncia Massa o quien estime que se vea afectada la imparcialidad del magistrado, pero no es un motivo para que prospere el juicio”, agregó el camarista.
En este marco, precisó que, ante cada caso de pedido de detención domiciliaria, se verifica el estado de salud de la persona detenida con “el cuerpo médico del penal respectivo, y, si no fuera posible eso, se hace intervenir al Cuerpo Médico Forense”.
En ese informe médico, detalló Lugones, deben constar “enfermedades preexistentes que agraven el riesgo del interno anta la pandemia del coronavirus”.
Aclaró que, en muchos casos, los penales cuentan con hospitales para atender a esos internos, pero, cuando “hay problemas de hacinamiento, eso no se puede dar, y hay que otorgar la domiciliaria tomando recaudos de seguridad para los vecinos del interno””.
Lugones recordó que hace poco días tuvo “un caso de una persona con un serio problema de riñón” y, entonces, buscaron un especialista en el penal en el que se encontraba detenido, pero, “como no lo había, previa consulta al Cuerpo Médico Forense, se decidió darle la domiciliaria”.
El juez aclaró que, en todos los casos, se toma “muy en cuenta la naturaleza del delito cometido por quien pide el beneficio”.
“No es lo mismo quien vendió 20 gramos de droga que un jefe nacotraficante, o el de un secuestro seguido de homicidio”, sostuvo el camarista.
Respecto de las tobilleras electrónicas para quienes reciben la prisión domiciliaria, sostuvo que, en cada caso, el juez determina que debe utilizarse esa modalidad, pero dijo que, “finalmente, es el Ministerio de Justicia el que lo debe instrumentar”.
“Nosotros verificamos cada caso por el estado de salud en riesgo y por la gravedad del delito cometido”, precisó Lugones en la entrevista.